Regulación sobre toldos en comunidades de propietarios

¿Algún propietario se ha planteado la instalación de un toldo en su vivienda?
¿Qué es lo que permite la Ley de Propiedad Horizontal?
Muy sencillo: el propietario no puede realizar ninguna modificación sobre los elementos arquitectónicos del edificio si alteran su estructura o su apariencia.
Por lo tanto, antes de instalar un toldo se ha de consultar antes con el presidente de la comunidad o al administrador de fincas que se encargue de la misma.