¿Puede una comunidad de propietarios prohibir el alquiler vacacional?

¿Es posible que una comunidad de propietarios prohiba el alquiler vacacional?
¡Si, es posible! Gracias al Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, la Ley de Propiedad Horizontal permite que la junta de propietarios decida sobre el uso de las viviendas como alquiler vacacional dentro del edificio.
No obstante, para llevar a cabo esta medida, la Junta de Propietarios debe convocar una reunión en la que se incluya en el orden del día la propuesta de prohibición del alquiler vacacional. La medida debe ser aprobada por una mayoría de 3/5 de los propietarios presentes en la reunión y nunca tendrá efecto retroactivo, es decir, si una vivienda ya se está empleando para alquiler turístico, la prohibición no podrá hacerse efectiva.
Es importante destacar que, en caso de ser aprobada, la medida debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad para que los futuros compradores tengan conocimiento de ella. ¡Así que tenlo en cuenta si estás pensando en alquilar tu propiedad como vivienda vacacional! ¿Lo sabías?