¿Es obligatorio que un vecino pague por el ascensor del edificio?

La Ley de Propiedad Horizontal establece que el dueño de un inmueble de una comunidad no puede negarse a pagar la instalación de un ascensor si esta decisión ha sido aprobada en una junta de propietarios.
Sin embargo, sí puede negarse a pagar el mantenimiento del mismo si está justificado por los estatutos de la comunidad o por una decisión aprobada en junta.
Si un vecino se negase a pagar sin estar exonerado, formaría parte de la lista de morosos.